Ayudas de la Región de Murcia a pymes, para implusar estrategias empresariales de carácter internacional que mejoren el posicionamiento estratégico en los mercados exteriores durante el año 2019
fomento de la responsabilidad social de las empresas y la conciliación de la vida laboral, personal y familiar entre los autónomos y las pymes madrileñas. Se pretende impulsar medidas de flexibilización de la jornada y del horario de trabajo, así como fomentar el teletrabajo.
1. Los trabajadores autónomos o por cuenta propia, dados de alta en el régimen que corresponda de la Seguridad Social o en la mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, sean o no a su vez miembros de sociedades civiles, de comunidades de bienes, o socios de sociedades mercantiles.
2. Las pequeñas y medianas empresas, así como las sociedades civiles con personalidad jurídica, que dispongan de menos de 250 trabajadores, de un volumen de negocio igual o inferior a 50 millones de euros anuales, y de un balance general anual igual o inferior a 43 millones de euros.
Las ayudas se dividen en dos líneas. Por un lado, se subvencionará la obtención de certificaciones de normas o estándares en el ámbito de la responsabilidad social, así como la puesta en marcha de planes directores, programas o acciones que contribuyan a la obtención de estas certificaciones. También se subvencionará la participación activa en iniciativas que fomenten la responsabilidad social.
Para ello, la Comunidad subvencionará el 75 % de los costes, hasta un máximo de 2.500 euros por beneficiario. La misma cuantía y el mismo porcentaje subvencionable se destinará a la puesta en marcha de planes directores o programas para avanzar hacia dicha certificación.
La segunda línea de actuación está enfocada a facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de los trabajadores a través del fomento del teletrabajo y la flexibilidad horaria. Para ello, se otorgarán ayudas de hasta 2.500 euros por trabajador, con un máximo de 10.000 euros por empresa.
a) Tener contratados un mínimo de un trabajador y un máximo de 250.
b) No superar los 50 millones de euros de volumen de negocio anual o tener un balance anual inferior a 43 millones de euros.
c) No ser entidades públicas.
d) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado y de la Comunidad de Madrid, y con la Seguridad Social.
e) Realizar su actividad en la Comunidad de Madrid.
2019 indefinido
Online y en registro
https://gestionesytramites.madrid.org