Incentivar el uso de servicios para el desarrollo tecnológico y la innovación por parte de las pequeñas y medianas empresas (pymes) gallegas, especialmente aquellas pertenecientes a sectores tradicionales con baja intensidad en innovación.
Pueden beneficiarse de estas ayudas las pymes gallegas o aquellas con un centro de trabajo en Galicia que, en la fecha de la solicitud, cumplan con la definición de pyme establecida por la Comisión Europea y tengan forma jurídica de sociedad mercantil.
Estrategia y gestión de la innovación:
Certificaciones para las deducciones fiscales en I+D+i.
Diseño para la innovación
Preparación de propuestas a programas y ayudas europeas.
Gestión de la protección del conocimiento de la innovación:
Asesoramiento en la gestión de la protección del conocimiento de la innovación industrial, incluyendo patentes, marcas comerciales y diseños industriales.
6Diseño de nuevos procesos o servicios basados en tecnologías digitales emergentes:
La ayuda cubre el 80% de los gastos subvencionables, con un mínimo de 8.000 euros y un máximo de 48.000 euros.
El presupuesto subvencionable debe estar entre 10.000 y 60.000 euros. Es importante destacar que todos los gastos deben estar ejecutados y pagados antes de la fecha de presentación de la solicitud.
Subvención a fondo perdido.
El plazo de presentación de solicitudes comienza el 10 de febrero de 2025 a las 9:00 horas y finaliza el 30 de septiembre de 2025 a las 14:00 horas, salvo que antes de esa fecha se produzca el agotamiento del crédito disponible.
Las solicitudes deben presentarse obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario disponible en la aplicación informática del Igape, accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
INFORMACIÓN COMPLETA, Ficha Igape;
https://sede.xunta.gal/detalle-procedemento?codtram=IG408K&ano=2025&numpub=1&lang=gl