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Ayudas por anticipado a autónomos de hasta 3.000 € a fondo perdido

Aprovecha las ayudas para mejora competitiva de la mano de Visual Publinet

Preguntas frecuentes

FAQ's

Sí, su consultor asignado le ayudará a tramitar la solicitud de la ayuda y posteriormente realizará el seguimiento hasta la finalización de la misma.

La ayuda debe ser presentada por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal , para ello deberá contar con una certificado electrónico válido.

El programa Bono Autónomo 2017 es un programa gestionado por la Xunta de Galicia, vicepresidencia y  consellería de presidencia, administracións públicas e xustiza, está dirigido a autónomos.

Requisitos básicos:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en esta orden:
Las personas trabajadoras autónomas que residan y tengan domicilio fiscal en Galicia, que tengan una antigüedad en la realización efectiva de una actividad empresarial o profesional de manera  ininterrumpida en la fecha de la solicitud de la ayuda por un plazo superior a 42 meses y que tengan un rendimiento neto reducido de los rendimientos de actividades económicas declarados en la declaración del IRPF, anual inferior a 30.000 euros y una facturación mínima anual de 12.000 euros, IVA incluido, declarados en el año anterior al de la convocatoria.

Quedan excluidos de esta orden:
la) Los familiares que, de manera habitual, realizan trabajos para personas trabajadoras autónomas que no tengan la condición de trabajadores por cuenta ajena conforme lo establecido en el artículo 1.3.y) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
b) Los trabajadores económicamente  dependientes a que se refiere el capítulo III del título II de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.

El plazo se abre el día 1 de agosto de 2017 hasta el agotamiento del crédito presupuestario, con preferencia de orden de entrada.

Documentación
1. Las solicitudes se deberán presentar en los modelos normalizados que figuran como anexos numéricos de esta orden y deberán ir acompañadas de la  documentación que se relaciona:

  • Cuando se actúe mediante representación, poder suficiente de la persona representante para actuar en nombre de la persona representada.
  • Memoria descriptiva del servicio/actividad solicitada en la cual consten, entre otros, la justificación de su necesidad para el desarrollo de la mejora competitiva (en el modelo anexo I).
  • Certificación de la entidad prestadora del servicio/actividad en la cual conste su idoneidad para su prestación y el contenido de la dicta prestación. (Descargar certificación Visual Publinet)
  • En el caso de estar realizado el servicio, facturas y su correspondiente justificante bancario de pago; de lo contrario, factura pro forma (en el modelo anexo II).

Resolución y recursos

  1. Luego de la fiscalización por la Intervención de la propuesta emitida por el órgano instructor, las resoluciones serán dictadas por el órgano competente para resolver, por delegación de la persona titular de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, y deberán serles notificadas a las personas interesadas. Las resoluciones, concesorias o denegatorias, deberán ser siempre motivadas.
  2. El plazo para resolver y notificar la resolución será de tres meses y se computará desde la data de entrada de la solicitud en el registro del órgano competente para su tramitación.
    Transcurrido el dicho plazo sin que se dictara resolución expresa, se entenderá rechazada la solicitud de acuerdo con el establecido en el artículo 25.3 de la Ley de subvenciones de Galicia.

Esta ayuda se destinará a sufragar los gastos en los siguientes servicios:
Profesionalización: servicios de mejora de la gestión financiera y búsqueda de financiación, servicios de optimización de procesos de producción y cadena logística, relanzamiento comercial, imagen y comunicación y posicionamiento web.
Desarrollo estratégico: plan de mejora empresarial, marketing, redefinición del
modelo de negocio e identificación de socios y redes de cooperación.
También se podrá tener en consideración cualquiera otro servicio o actividad no incluido en los párrafos anteriores que pueda ser considerado de manera indudable como dirigido a la mejora de la competitividad.

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